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(Català) Exempció de fins a 60.100 euros pels fronterers segons llei IRPF espanyol

7 Responses

  1. Hola, Soy trabajador transfronterizo en Portugal, mi reintegro integro mensual es superior a los 60100 Euros, me gustaría saber que es lo que debo tributar y que porcentaje. Gracias
  2. Hola buenas muy útil este artículo. Llevo desde febrero del 2017 desplazado a andorra trabajando en Andorra Telecom insitu en sus instalaciónes pero mi empresa pagadora es española y yo vivo en la seu de Urgell por lo tanto voy todos los días y regresó todos los dias. Después de casi un año me he enterado que quizás puedo obtener alguna rebaja fiscal para esta renta?
    • Hola Rubén, muchas gracias por su consulta. Nos consta que ya os habéis puesto en contacto con nosotros. Esperamos su visita. Un saludo!
  3. Yolanda L.
    Buenas. A ver si he entendido bien. Soy transfronteriza y gano menos de 60 mil al año. La empresa para la que trabajo, al haberle entregado el rfi-21 no me retiene nada salvo la seguridad social. Cuando haga la declaracion de la renta en españa el proximo año entonces, tendré que pagar algo o por ser menos de 60 mil no??? Gracias. Un saludo.
    • Buenas tardes Yolanda, supongo que el documento o formulario al cual haces referencia debe ser el formulario 740, que se entrega a la agencia tributaria para solicitar la aplicación del régimen de fronterizo o temporero. En relación a la cuestión planteada, la exención de los 60.100 euros sólo puede aplicarse a las rentas obtenidas acogidas al artículo 7p (es decir, las que se generan en la empresa de Andorra). En el supuesto que solamente tuvieras esta renta a declarar, podrías acogerte al régimen del 7p y quedar exenta de la declaración del IRPF, siempre y cuando sea inferior a los 60.100 euros. Espero haber aclarado tus dudas. Un saludo.
  4. Patricia gomes
    Hola, tengo una duda pero no se si podéis ayudarme, he empezado a trabajar en andorra de fronteriza hace 1 mes, y solo al cobrar la nómina me dado cuenta que me faltava dinero, y en la empresa me dijieron que las cuentas estavan correctas que lo que me faltava seria menos uno 10% del IRPF mas un 6,5% de la CASS... mi pregunta es, puedo hacer algo para que no me cobren los 10% ahora que ya han pasado los primeros 10 dias de haver empezado a trabajar? Espero que me podéis ayudar. Gracias
    • Hola Patricia, lo sentimos pero al haber superado el límite de los 10 días que marca la Ley del IRPF de Andorra no hay posibilidad de corregir la situación que nos describe. Podrá aplicarlo en el período del 2018. Le pasamos este enlace (http://www.impostos.ad/el-dtf-respon) donde responden a distintas dudas y preguntas, entre las cuales se encuentra un caso como el suyo. También puede concretar una reunión con nuestro equipo para que le asesore sobre esta y otras cuestiones.

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